A lo largo de
la historia, el matrimonio ha sido una unión ligada fuertemente a la situación
política del país, especialmente a finales del siglo XIX y durante todo el
siglo XX.
El matrimonio
se debatía constantemente entre la unión civil y la canónica, la cual fue dictada
por la Iglesia Católica. Incluso se llegó al extremo de aprobarse desde el
matrimonio sola y exclusivamente canónico, hasta el civil obligatorio, dándose por
perdida de esta manera cualquier posibilidad de elegir. Finalmente, en la Constitución de 1978, por la Ley 30/1981, de 7 de julio, se implantó un régimen de matrimonio civil de libre elección.
La Iglesia Católica proponía un modelo de matrimonio que surge desde el Derecho romano, basado en la idea de que el matrimonio era algo más que una simple unión por el afecto. Y afirmando que el matrimonio se regía por el derecho natural-divino. Mientras que desde el Derecho civil, se establece que el matrimonio es la unión estable y permanente de dos personas de distintos sexo, que inaugura la más íntima convivencia humana posible.
A pesar de los
conflictos ideológicos, se dice que la
definición más acertada del término matrimonio común a todas las áreas
culturales, al menos en sus aspectos esenciales, fue la dada en el Siglo III
por Modestino: “Matrimonium est
conjunctio maris et foeminae, consortium omnis vitae, humani et divini iusis
communicatio” (el matrimonio es la unión del varón y la mujer, consorcio de
toda la vida, comunión en el derecho divino y humano).
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