martes, 25 de septiembre de 2012

El matrimonio en España


A lo largo de la historia, el matrimonio ha sido una unión ligada fuertemente a la situación política del país, especialmente a finales del siglo XIX y durante todo el siglo XX.
El matrimonio se debatía constantemente entre la unión civil y la canónica, la cual fue dictada por la Iglesia Católica. Incluso se llegó al extremo de aprobarse desde el matrimonio sola y exclusivamente canónico, hasta el civil obligatorio, dándose por perdida de esta manera cualquier posibilidad de elegir.

Finalmente, en la Constitución de 1978, por la Ley 30/1981, de 7 de julio, se implantó un régimen de matrimonio civil de libre elección.

La Iglesia Católica proponía un modelo de matrimonio que surge desde el Derecho romano, basado en la idea de que el matrimonio era algo más que una simple unión por el afecto. Y afirmando que el matrimonio se regía por el derecho natural-divino. Mientras que desde el Derecho civil, se establece que el matrimonio es la unión estable y permanente de dos personas de distintos sexo, que inaugura la más íntima convivencia humana posible.
 
A pesar de los conflictos ideológicos,  se dice que la definición más acertada del término matrimonio común a todas las áreas culturales, al menos en sus aspectos esenciales, fue la dada en el Siglo III por Modestino: “Matrimonium est conjunctio maris et foeminae, consortium omnis vitae, humani et divini iusis communicatio” (el matrimonio es la unión del varón y la mujer, consorcio de toda la vida, comunión en el derecho divino y humano).

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